[article] Títol : |
Poena sine culpa? cuando las medidas se convierten en penas por el mero transcurso del tiempo (Recurs d'accés obert) : cuando las medidas se convierten en penas por el mero transcurso del tiempo |
Tipus de document : |
document electrònic |
Autors : |
Laura Pozuelo Pérez, Autor |
Data de publicació : |
2020 |
Matèries : |
Justícia juvenil Menors d'edat Penes de presó TOP:Menors d'edat:Responsabilitat TOP:Procediment penal:Mesures cautelars
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Paraules clau : |
Centres d'internament per a menors |
Classificació : |
343.121.5 JUSTÍCIA DE MENORS. JURISDICCIÓ DE MENORS |
Resum : |
¿Es posible encarcelar a alguien por cometer un hecho que, dada su incapacidad de culpabilidad penal, no era delito? En este trabajo se abordan los problemas derivados de la previsión legal que permite enviar a una prisión de adultos a alguien que, tras ser condenado siendo menor a la medida de internamiento en régimen cerrado, alcanza la edad de 18 o 21 años (con diferentes requisitos en uno u otro supuesto). En efecto, los menores de edad entre 14 y 18 años son penalmente responsables a efectos de la L.O. 5/2000 Reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores; pero su capacidad de culpabilidad no es plena. Los adolescentes se encuentran inmersos en un proceso de paulatina adquisición de capacidades cognitivas y volitivas que permite afirmar que su capacidad de culpabilidad –a la que denomino “imputabilidad adolescente”- es distinta a la de un adulto: de ello se deriva la exigencia de un tratamiento penal diferente al establecido en el Código penal de adultos. Sin embargo, esta exigencia resulta preterida cuando el menor condenado a internamiento en régimen cerrado cumple los 18 o los 21 años. Internar a estos jóvenes en un lugar demostradamente criminógeno, en el que se abandona la específica intervención educativa propia de la Ley Penal del Menor y donde hay mayor riesgo de victimización, tiene graves consecuencias prácticas. En el origen de todo ello se encuentra una grave contradicción valorativa: encarcelar a alguien por un hecho cometido cuando no reunía el estándar de capacidades cognitivas y volitivas mínimas que integran el principio de culpabilidad hace que lo que inicialmente fue impuesto como medida se acaba convirtiendo de facto en una pena: una poena sine culpa.
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Enllaç al recurs electrònic : |
https://indret.com/poena-sine-culpa-cuando-las-medidas-se-convierten-en-penas-po [...] |
Permalink : |
http://icag.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=10331 |
in Indret > núm. 2 (2020)
[article] Poena sine culpa? cuando las medidas se convierten en penas por el mero transcurso del tiempo (Recurs d'accés obert) : cuando las medidas se convierten en penas por el mero transcurso del tiempo [document electrònic] / Laura Pozuelo Pérez, Autor . - 2020. in Indret > núm. 2 (2020) Matèries : |
Justícia juvenil Menors d'edat Penes de presó TOP:Menors d'edat:Responsabilitat TOP:Procediment penal:Mesures cautelars
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Paraules clau : |
Centres d'internament per a menors |
Classificació : |
343.121.5 JUSTÍCIA DE MENORS. JURISDICCIÓ DE MENORS |
Resum : |
¿Es posible encarcelar a alguien por cometer un hecho que, dada su incapacidad de culpabilidad penal, no era delito? En este trabajo se abordan los problemas derivados de la previsión legal que permite enviar a una prisión de adultos a alguien que, tras ser condenado siendo menor a la medida de internamiento en régimen cerrado, alcanza la edad de 18 o 21 años (con diferentes requisitos en uno u otro supuesto). En efecto, los menores de edad entre 14 y 18 años son penalmente responsables a efectos de la L.O. 5/2000 Reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores; pero su capacidad de culpabilidad no es plena. Los adolescentes se encuentran inmersos en un proceso de paulatina adquisición de capacidades cognitivas y volitivas que permite afirmar que su capacidad de culpabilidad –a la que denomino “imputabilidad adolescente”- es distinta a la de un adulto: de ello se deriva la exigencia de un tratamiento penal diferente al establecido en el Código penal de adultos. Sin embargo, esta exigencia resulta preterida cuando el menor condenado a internamiento en régimen cerrado cumple los 18 o los 21 años. Internar a estos jóvenes en un lugar demostradamente criminógeno, en el que se abandona la específica intervención educativa propia de la Ley Penal del Menor y donde hay mayor riesgo de victimización, tiene graves consecuencias prácticas. En el origen de todo ello se encuentra una grave contradicción valorativa: encarcelar a alguien por un hecho cometido cuando no reunía el estándar de capacidades cognitivas y volitivas mínimas que integran el principio de culpabilidad hace que lo que inicialmente fue impuesto como medida se acaba convirtiendo de facto en una pena: una poena sine culpa.
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Enllaç al recurs electrònic : |
https://indret.com/poena-sine-culpa-cuando-las-medidas-se-convierten-en-penas-po [...] |
Permalink : |
http://icag.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=10331 |
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