Indret . núm. 2Menció de data : 2020 Aparegut el : 11/05/2020 |
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Títol : Fuerza mayor (Recurs d'accés obert) Tipus de document : document electrònic Autors : Gómez Ligüerre, Carlos, Autor Data de publicació : 2020 títols uniformes : Espanya. Real decreto por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (463/2020)
Espanya. RD-ley por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19 (11/2020)
Espanya. RD-ley de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo (15/2020)Matèries : Drets fonamentals
Estat d'alarmaParaules clau : Força major Covid-19 Classificació : 347.4 DRET D'OBLIGACIONS Resum : Desde que el pasado 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud declarara la situación de pandemia por la enfermedad Covid-19 causada por el coronavirus SARS-CoV-2, se han sucedido las medidas preventivas adoptadas por los gobernantes de todo el mundo. Son de mayor o menor intensidad, pero en todo caso suponen afectaciones graves a la economía y al funcionamiento normal de los mercados. Un panorama desolador que solo cede su gravedad ante la terrible factura de las vidas humanas segadas por un organismo microscópico que ha evidenciado nuestra fragilidad y la ingenua seguridad con la que organizábamos nuestras vidas y actividades. Enllaç al recurs electrònic : https://indret.com/wp-content/uploads/2020/04/01-Carlos-G%C3%B3mez-Lig%C3%BCerre [...] Permalink : http://icag.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=10325
in Indret > núm. 2 (2020)[article] Fuerza mayor (Recurs d'accés obert) [document electrònic] / Gómez Ligüerre, Carlos, Autor . - 2020.
Oeuvre : Espanya. Real decreto por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (463/2020)
Espanya. RD-ley por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19 (11/2020)
Espanya. RD-ley de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo (15/2020)
in Indret > núm. 2 (2020)
Matèries : Drets fonamentals
Estat d'alarmaParaules clau : Força major Covid-19 Classificació : 347.4 DRET D'OBLIGACIONS Resum : Desde que el pasado 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud declarara la situación de pandemia por la enfermedad Covid-19 causada por el coronavirus SARS-CoV-2, se han sucedido las medidas preventivas adoptadas por los gobernantes de todo el mundo. Son de mayor o menor intensidad, pero en todo caso suponen afectaciones graves a la economía y al funcionamiento normal de los mercados. Un panorama desolador que solo cede su gravedad ante la terrible factura de las vidas humanas segadas por un organismo microscópico que ha evidenciado nuestra fragilidad y la ingenua seguridad con la que organizábamos nuestras vidas y actividades. Enllaç al recurs electrònic : https://indret.com/wp-content/uploads/2020/04/01-Carlos-G%C3%B3mez-Lig%C3%BCerre [...] Permalink : http://icag.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=10325 Exemplars
Codi de barres Signatura topogràfica Tipus de document Localització Secció Estat cap exemplar Minimizar desastres naturales (Recurs d'accés obert) / Jesús-María Silva Sánchez in Indret, núm. 2 (2020)
[article]
Títol : Minimizar desastres naturales (Recurs d'accés obert) Tipus de document : text imprès Autors : Jesús-María Silva Sánchez, Autor Data de publicació : 2020 Matèries : Delictes d'imprudència
Drets fonamentals
Estat d'alarma
Imputabilitat penalParaules clau : Covid-19 Classificació : 343.222 Imputabilitat de la culpabilitat i responsabilitat penal en general. Resum : magínese un riesgo natural para la vida de 1.000 personas. Lamentablemente, no es difícil hacerlo en la situación actual de la pandemia del COVID-19. La pregunta es si quien no puede neutralizar plenamente ese riesgo tiene, no obstante, el deber de disminuirlo en la medida de sus posibilidades, reduciéndolo a 950 personas. En realidad, aquí no se trata de disminuir riesgos, sino de neutralizarlos: hay 1.000 riesgos de muerte, de los cuales 50 no son neutralizables, pero 950 sí. ¿Qué ocurre si, por imprudencia, el garante no interviene en el momento adecuado y más tarde sólo se neutralizan 930? ¿Y qué, si, cuando interviene el garante, lo hace defectuosamente, de modo que no se neutralizan más que 920? La respuesta parece clara: si, de haber actuado en el primer momento y haberlo hecho correctamente, se podía haber evitado 950 muertes y al final sólo se han evitado 920, entonces se es responsable por imprudencia de la muerte de treinta personas. Está claro. Pero resulta que el riesgo natural ha determinado que hayan fallecido ochenta personas… Enllaç al recurs electrònic : https://indret.com/minimizar-desastres-naturales/ Permalink : http://icag.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=10326
in Indret > núm. 2 (2020)[article] Minimizar desastres naturales (Recurs d'accés obert) [text imprès] / Jesús-María Silva Sánchez, Autor . - 2020.
in Indret > núm. 2 (2020)
Matèries : Delictes d'imprudència
Drets fonamentals
Estat d'alarma
Imputabilitat penalParaules clau : Covid-19 Classificació : 343.222 Imputabilitat de la culpabilitat i responsabilitat penal en general. Resum : magínese un riesgo natural para la vida de 1.000 personas. Lamentablemente, no es difícil hacerlo en la situación actual de la pandemia del COVID-19. La pregunta es si quien no puede neutralizar plenamente ese riesgo tiene, no obstante, el deber de disminuirlo en la medida de sus posibilidades, reduciéndolo a 950 personas. En realidad, aquí no se trata de disminuir riesgos, sino de neutralizarlos: hay 1.000 riesgos de muerte, de los cuales 50 no son neutralizables, pero 950 sí. ¿Qué ocurre si, por imprudencia, el garante no interviene en el momento adecuado y más tarde sólo se neutralizan 930? ¿Y qué, si, cuando interviene el garante, lo hace defectuosamente, de modo que no se neutralizan más que 920? La respuesta parece clara: si, de haber actuado en el primer momento y haberlo hecho correctamente, se podía haber evitado 950 muertes y al final sólo se han evitado 920, entonces se es responsable por imprudencia de la muerte de treinta personas. Está claro. Pero resulta que el riesgo natural ha determinado que hayan fallecido ochenta personas… Enllaç al recurs electrònic : https://indret.com/minimizar-desastres-naturales/ Permalink : http://icag.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=10326 Exemplars
Codi de barres Signatura topogràfica Tipus de document Localització Secció Estat cap exemplar Smart contracts o Code is Law (Recurs d'accés obert) / Cristina Argelich Comelles in Indret, núm. 2 (2020)
[article]
Títol : Smart contracts o Code is Law (Recurs d'accés obert) : soluciones legales para la robotización contractual Tipus de document : document electrònic Autors : Cristina Argelich Comelles, Autor Data de publicació : 2020 Matèries : Contractes electrònics
Economia col·laborativaParaules clau : "smart contracts" Classificació : 347.445.5 Contractes en suport electrònic o informàtic Resum : El presente trabajo ofrece soluciones a los problemas jurídicos que plantean los smart contracts, por tratarse de cláusulas contractuales autoimplementadas en un código informático que autoejecuta su contenido. Estos versan sobre su discutida naturaleza jurídica, la adhesión del consumidor 2.0 mediante Blockchain, su personalización con Ethereum, los errores de programación y la responsabilidad civil, la protección y encriptación de datos de carácter personal, y la formación y ejecución del contrato. Las dificultades que plantean los smart contracts requieren de una regulación europea, inspirada en las legislaciones existentes en algunos territorios de los Estados Unidos y Francia, así como en los estudios formulados en el ámbito de UNIDROIT y la CNUDMI. Enllaç al recurs electrònic : https://indret.com/wp-content/uploads/2020/04/04-Argelich-numerat.pdf Permalink : http://icag.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=10327
in Indret > núm. 2 (2020)[article] Smart contracts o Code is Law (Recurs d'accés obert) : soluciones legales para la robotización contractual [document electrònic] / Cristina Argelich Comelles, Autor . - 2020.
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Matèries : Contractes electrònics
Economia col·laborativaParaules clau : "smart contracts" Classificació : 347.445.5 Contractes en suport electrònic o informàtic Resum : El presente trabajo ofrece soluciones a los problemas jurídicos que plantean los smart contracts, por tratarse de cláusulas contractuales autoimplementadas en un código informático que autoejecuta su contenido. Estos versan sobre su discutida naturaleza jurídica, la adhesión del consumidor 2.0 mediante Blockchain, su personalización con Ethereum, los errores de programación y la responsabilidad civil, la protección y encriptación de datos de carácter personal, y la formación y ejecución del contrato. Las dificultades que plantean los smart contracts requieren de una regulación europea, inspirada en las legislaciones existentes en algunos territorios de los Estados Unidos y Francia, así como en los estudios formulados en el ámbito de UNIDROIT y la CNUDMI. Enllaç al recurs electrònic : https://indret.com/wp-content/uploads/2020/04/04-Argelich-numerat.pdf Permalink : http://icag.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=10327 Exemplars
Codi de barres Signatura topogràfica Tipus de document Localització Secció Estat cap exemplar El nombre como limitación del derecho de marca tras el Real Decreto-ley 23/2018, avances significativos en el proceso de industrialización de la denominación social (Recurs d'accés obert) / Luis María Miranda Serrano in Indret, núm. 2 (2020)
[article]
Títol : El nombre como limitación del derecho de marca tras el Real Decreto-ley 23/2018, avances significativos en el proceso de industrialización de la denominación social (Recurs d'accés obert) Tipus de document : document electrònic Autors : Luis María Miranda Serrano, Autor Data de publicació : 2020 títols uniformes : Espanya. Real decreto-ley de transposición de directivas en materia de marcas, transporte ferroviario y viajes combinados y servicios de viaje vinculados (23/2018) Matèries : Marques
Noms comercialsClassificació : 347.772 MARQUES COMERCIALS:Registre,control Resum : La adaptación del Derecho español a la Directiva de Marcas de 2015, obra del Real Decreto-ley 23/2018, ha modificado la regulación de la limitación del derecho de marca relativa al uso del nombre en el tráfico económico. Si con anterioridad a ese momento la Ley de Marcas aludía al “nombre” en general, sin especificar si dicho término incluía sólo el nombre civil o patronímico o comprendía también la denominación social, con posterioridad a él exige expresamente que el “nombre” lo sea “de una persona física”. Razón por la cual está ya fuera de duda que el uso de la denominación social en el tráfico económico no constituye jurídicamente una limitación del derecho de marca. Como se infiere del título de este trabajo, el propósito principal que en él se persigue consiste en analizar este cambio normativo y las consecuencias que de él se derivan. El autor centra especialmente su atención en explicar cómo la nueva regulación de este asunto derivada del Real Decreto-ley 23/2018 representa un avance significativo en el reconocimiento de carácter distintivo a la denominación social. A su juicio, se trata de un paso al frente decisivo en el camino conducente a la industrialización de esta figura societaria, por el que ya viene transitando desde hace algunas décadas. Y es que, en efecto, a partir de estos cambios normativos parece reconocerse expresamente a todo uso de la denominación social en el tráfico económico una aptitud distintiva de las prestaciones que el ente colectivo ofrece al mercado en el ejercicio de las actividades constitutivas de su objeto social. Lo que explica, por un lado, que dicho uso no se considere una limitación del derecho de marca y, por otro y en coherencia con lo anterior, que frente a él pueda reaccionar el titular de un signo distintivo prioritario (marca o nombre comercial) mediante el ejercicio de su “ius prohibendi”. En opinión del autor, el proceso de industrialización referido, acentuado por el Real Decreto-ley 23/2018, es inevitable, dadas las dos dimensiones que son inherentes a la denominación social: una personal o subjetiva y otra objetiva y patrimonial. Enllaç al recurs electrònic : https://indret.com/wp-content/uploads/2020/03/Miranda-Serrano-definitivo.pdf Permalink : http://icag.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=10328
in Indret > núm. 2 (2020)[article] El nombre como limitación del derecho de marca tras el Real Decreto-ley 23/2018, avances significativos en el proceso de industrialización de la denominación social (Recurs d'accés obert) [document electrònic] / Luis María Miranda Serrano, Autor . - 2020.
Oeuvre : Espanya. Real decreto-ley de transposición de directivas en materia de marcas, transporte ferroviario y viajes combinados y servicios de viaje vinculados (23/2018)
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Matèries : Marques
Noms comercialsClassificació : 347.772 MARQUES COMERCIALS:Registre,control Resum : La adaptación del Derecho español a la Directiva de Marcas de 2015, obra del Real Decreto-ley 23/2018, ha modificado la regulación de la limitación del derecho de marca relativa al uso del nombre en el tráfico económico. Si con anterioridad a ese momento la Ley de Marcas aludía al “nombre” en general, sin especificar si dicho término incluía sólo el nombre civil o patronímico o comprendía también la denominación social, con posterioridad a él exige expresamente que el “nombre” lo sea “de una persona física”. Razón por la cual está ya fuera de duda que el uso de la denominación social en el tráfico económico no constituye jurídicamente una limitación del derecho de marca. Como se infiere del título de este trabajo, el propósito principal que en él se persigue consiste en analizar este cambio normativo y las consecuencias que de él se derivan. El autor centra especialmente su atención en explicar cómo la nueva regulación de este asunto derivada del Real Decreto-ley 23/2018 representa un avance significativo en el reconocimiento de carácter distintivo a la denominación social. A su juicio, se trata de un paso al frente decisivo en el camino conducente a la industrialización de esta figura societaria, por el que ya viene transitando desde hace algunas décadas. Y es que, en efecto, a partir de estos cambios normativos parece reconocerse expresamente a todo uso de la denominación social en el tráfico económico una aptitud distintiva de las prestaciones que el ente colectivo ofrece al mercado en el ejercicio de las actividades constitutivas de su objeto social. Lo que explica, por un lado, que dicho uso no se considere una limitación del derecho de marca y, por otro y en coherencia con lo anterior, que frente a él pueda reaccionar el titular de un signo distintivo prioritario (marca o nombre comercial) mediante el ejercicio de su “ius prohibendi”. En opinión del autor, el proceso de industrialización referido, acentuado por el Real Decreto-ley 23/2018, es inevitable, dadas las dos dimensiones que son inherentes a la denominación social: una personal o subjetiva y otra objetiva y patrimonial. Enllaç al recurs electrònic : https://indret.com/wp-content/uploads/2020/03/Miranda-Serrano-definitivo.pdf Permalink : http://icag.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=10328 Exemplars
Codi de barres Signatura topogràfica Tipus de document Localització Secció Estat cap exemplar El principio de respeto a la voluntad de la persona con discapacidad en la Convención de Nueva York (2006),… (Recurs d'accés obert) / Rocío López San Luís in Indret, núm. 2 (2020)
[article]
Títol : El principio de respeto a la voluntad de la persona con discapacidad en la Convención de Nueva York (2006),… (Recurs d'accés obert) Tipus de document : document electrònic Autors : Rocío López San Luís, Autor Data de publicació : 2020 Matèries : Autotutela
Curatela
Discapacitats
TOP:Incapaços:Disposició de béns
TOP:Minusvàlids:GrausParaules clau : Actes personalíssims Classificació : 347.64 TUTELA . CURATELA. MINORIA EDAT. EMANCIPACIÓ. Resum : El principio de respeto a la voluntad de la persona con discapacidad en la Convención de Nueva York (2006), y su reflejo en el anteproyecto de ley por la que se reforma la legislación civil y procesal en materia de discapacidad
La ratificación de la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (2006), ha cambiado el concepto de discapacidad en nuestro Ordenamiento Jurídico español. Se aboga por un sistema de apoyo a la persona con discapacidad en la toma de decisiones, como expresión máxima de su autonomía, libertad y dignidad, garantizando el ejercicio de su capacidad jurídica, derechos y libertades fundamentales.
Las medidas preventivas de autoprotección recogidas en el Anteproyecto de Ley por el que se reforma la legislación civil y procesal en materia de discapacidad, son reflejo de la adaptación de nuestro Ordenamiento Jurídico al artículo 12 de la Convención, siendo la autocuratela una manifestación de poder donde los sujetos pueden expresar su voluntad, deseos y preferencias en torno al funcionamiento de una futura curatela.Enllaç al recurs electrònic : https://indret.com/wp-content/uploads/2020/04/06.-Roc%C3%ADo-L%C3%B3pez-voluntad [...] Permalink : http://icag.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=10329
in Indret > núm. 2 (2020)[article] El principio de respeto a la voluntad de la persona con discapacidad en la Convención de Nueva York (2006),… (Recurs d'accés obert) [document electrònic] / Rocío López San Luís, Autor . - 2020.
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Matèries : Autotutela
Curatela
Discapacitats
TOP:Incapaços:Disposició de béns
TOP:Minusvàlids:GrausParaules clau : Actes personalíssims Classificació : 347.64 TUTELA . CURATELA. MINORIA EDAT. EMANCIPACIÓ. Resum : El principio de respeto a la voluntad de la persona con discapacidad en la Convención de Nueva York (2006), y su reflejo en el anteproyecto de ley por la que se reforma la legislación civil y procesal en materia de discapacidad
La ratificación de la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (2006), ha cambiado el concepto de discapacidad en nuestro Ordenamiento Jurídico español. Se aboga por un sistema de apoyo a la persona con discapacidad en la toma de decisiones, como expresión máxima de su autonomía, libertad y dignidad, garantizando el ejercicio de su capacidad jurídica, derechos y libertades fundamentales.
Las medidas preventivas de autoprotección recogidas en el Anteproyecto de Ley por el que se reforma la legislación civil y procesal en materia de discapacidad, son reflejo de la adaptación de nuestro Ordenamiento Jurídico al artículo 12 de la Convención, siendo la autocuratela una manifestación de poder donde los sujetos pueden expresar su voluntad, deseos y preferencias en torno al funcionamiento de una futura curatela.Enllaç al recurs electrònic : https://indret.com/wp-content/uploads/2020/04/06.-Roc%C3%ADo-L%C3%B3pez-voluntad [...] Permalink : http://icag.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=10329 Exemplars
Codi de barres Signatura topogràfica Tipus de document Localització Secció Estat cap exemplar Economía sumergida e intrusismo al amparo del turismo colaborativo (Recurs d'accés obert) in Indret, núm. 2 (2020)
[article]
Títol : Economía sumergida e intrusismo al amparo del turismo colaborativo (Recurs d'accés obert) : el caso de los free tours Tipus de document : document electrònic Data de publicació : 2020 Matèries : Competència deslleial
Economia col·laborativa
TOP:Seguretat social:Afiliació
TOP:Seguretat social:Infraccions i sancions
TOP:Seguretat social:Règims especials
TurismeClassificació : 347.776 COMPETÈNCIA DESLLEIAL Resum : La “economía colaborativa” ha hecho su entrada en el sector de las visitas turísticas guiadas. Las plataformas digitales ofertan y comercializan unas visitas guiadas, poniendo en conexión a los guías con los turistas. Lo que diferencia estas plataformas de otras que también se han desarrollado dentro de lo que se conoce como “turismo colaborativo”, transporte, alojamiento, experiencias gastronómicas en domicilios, etc., es que no existe un precio fijado previamente, sino que es el cliente quien decide si abona una “propina” o hace un “donativo”, así como su cuantía. Los conocidos como free tours (tours de precio libre o comúnmente denominados gratuitos) se ofertan a través de plataformas digitales, cuya naturaleza y papel es necesario analizar para determinar si la actividad que llevan a cabo los guías es realmente gratuita y se desarrolla dentro de un intercambio de experiencias (lo que sería el turismo colaborativo stricto sensu) o, si por el contrario, llevan a cabo una auténtica actividad económica que debería ajustarse a las normativa laboral y tributaria y para la que podría exigirse estar en posesión de una habilitación.
El presente trabajo, partiendo del análisis de la información publicada en diferentes páginas webs, analiza esta nueva forma de negocio, e identifica la naturaleza y los diferentes tipos de plataformas proponiendo una clasificación de estas en función de los servicios que ofertan. Realiza un estudio de la normativa reguladora de la actividad de guía en las diferentes Comunidades Autónomas (en adelante CC.AA.) con el fin de analizar si existe intrusismo. Finalmente, analiza también si la prestación de estos servicios de guías turísticos cumple con las condiciones de habitualidad y retribución necesarios para considerarla actividad económica y, por ende, generar obligaciones laborales y fiscales.Enllaç al recurs electrònic : https://indret.com/wp-content/uploads/2020/04/07-M%C2%AA-Victoria-Guti%C3%A9rrez [...] Permalink : http://icag.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=10330
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in Indret > núm. 2 (2020)
Matèries : Competència deslleial
Economia col·laborativa
TOP:Seguretat social:Afiliació
TOP:Seguretat social:Infraccions i sancions
TOP:Seguretat social:Règims especials
TurismeClassificació : 347.776 COMPETÈNCIA DESLLEIAL Resum : La “economía colaborativa” ha hecho su entrada en el sector de las visitas turísticas guiadas. Las plataformas digitales ofertan y comercializan unas visitas guiadas, poniendo en conexión a los guías con los turistas. Lo que diferencia estas plataformas de otras que también se han desarrollado dentro de lo que se conoce como “turismo colaborativo”, transporte, alojamiento, experiencias gastronómicas en domicilios, etc., es que no existe un precio fijado previamente, sino que es el cliente quien decide si abona una “propina” o hace un “donativo”, así como su cuantía. Los conocidos como free tours (tours de precio libre o comúnmente denominados gratuitos) se ofertan a través de plataformas digitales, cuya naturaleza y papel es necesario analizar para determinar si la actividad que llevan a cabo los guías es realmente gratuita y se desarrolla dentro de un intercambio de experiencias (lo que sería el turismo colaborativo stricto sensu) o, si por el contrario, llevan a cabo una auténtica actividad económica que debería ajustarse a las normativa laboral y tributaria y para la que podría exigirse estar en posesión de una habilitación.
El presente trabajo, partiendo del análisis de la información publicada en diferentes páginas webs, analiza esta nueva forma de negocio, e identifica la naturaleza y los diferentes tipos de plataformas proponiendo una clasificación de estas en función de los servicios que ofertan. Realiza un estudio de la normativa reguladora de la actividad de guía en las diferentes Comunidades Autónomas (en adelante CC.AA.) con el fin de analizar si existe intrusismo. Finalmente, analiza también si la prestación de estos servicios de guías turísticos cumple con las condiciones de habitualidad y retribución necesarios para considerarla actividad económica y, por ende, generar obligaciones laborales y fiscales.Enllaç al recurs electrònic : https://indret.com/wp-content/uploads/2020/04/07-M%C2%AA-Victoria-Guti%C3%A9rrez [...] Permalink : http://icag.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=10330 Exemplars
Codi de barres Signatura topogràfica Tipus de document Localització Secció Estat cap exemplar Poena sine culpa? cuando las medidas se convierten en penas por el mero transcurso del tiempo (Recurs d'accés obert) / Laura Pozuelo Pérez in Indret, núm. 2 (2020)
[article]
Títol : Poena sine culpa? cuando las medidas se convierten en penas por el mero transcurso del tiempo (Recurs d'accés obert) : cuando las medidas se convierten en penas por el mero transcurso del tiempo Tipus de document : document electrònic Autors : Laura Pozuelo Pérez, Autor Data de publicació : 2020 Matèries : Justícia juvenil
Menors d'edat
Penes de presó
TOP:Menors d'edat:Responsabilitat
TOP:Procediment penal:Mesures cautelarsParaules clau : Centres d'internament per a menors Classificació : 343.121.5 JUSTÍCIA DE MENORS. JURISDICCIÓ DE MENORS Resum : ¿Es posible encarcelar a alguien por cometer un hecho que, dada su incapacidad de culpabilidad penal, no era delito? En este trabajo se abordan los problemas derivados de la previsión legal que permite enviar a una prisión de adultos a alguien que, tras ser condenado siendo menor a la medida de internamiento en régimen cerrado, alcanza la edad de 18 o 21 años (con diferentes requisitos en uno u otro supuesto). En efecto, los menores de edad entre 14 y 18 años son penalmente responsables a efectos de la L.O. 5/2000 Reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores; pero su capacidad de culpabilidad no es plena. Los adolescentes se encuentran inmersos en un proceso de paulatina adquisición de capacidades cognitivas y volitivas que permite afirmar que su capacidad de culpabilidad –a la que denomino “imputabilidad adolescente”- es distinta a la de un adulto: de ello se deriva la exigencia de un tratamiento penal diferente al establecido en el Código penal de adultos. Sin embargo, esta exigencia resulta preterida cuando el menor condenado a internamiento en régimen cerrado cumple los 18 o los 21 años. Internar a estos jóvenes en un lugar demostradamente criminógeno, en el que se abandona la específica intervención educativa propia de la Ley Penal del Menor y donde hay mayor riesgo de victimización, tiene graves consecuencias prácticas. En el origen de todo ello se encuentra una grave contradicción valorativa: encarcelar a alguien por un hecho cometido cuando no reunía el estándar de capacidades cognitivas y volitivas mínimas que integran el principio de culpabilidad hace que lo que inicialmente fue impuesto como medida se acaba convirtiendo de facto en una pena: una poena sine culpa. Enllaç al recurs electrònic : https://indret.com/poena-sine-culpa-cuando-las-medidas-se-convierten-en-penas-po [...] Permalink : http://icag.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=10331
in Indret > núm. 2 (2020)[article] Poena sine culpa? cuando las medidas se convierten en penas por el mero transcurso del tiempo (Recurs d'accés obert) : cuando las medidas se convierten en penas por el mero transcurso del tiempo [document electrònic] / Laura Pozuelo Pérez, Autor . - 2020.
in Indret > núm. 2 (2020)
Matèries : Justícia juvenil
Menors d'edat
Penes de presó
TOP:Menors d'edat:Responsabilitat
TOP:Procediment penal:Mesures cautelarsParaules clau : Centres d'internament per a menors Classificació : 343.121.5 JUSTÍCIA DE MENORS. JURISDICCIÓ DE MENORS Resum : ¿Es posible encarcelar a alguien por cometer un hecho que, dada su incapacidad de culpabilidad penal, no era delito? En este trabajo se abordan los problemas derivados de la previsión legal que permite enviar a una prisión de adultos a alguien que, tras ser condenado siendo menor a la medida de internamiento en régimen cerrado, alcanza la edad de 18 o 21 años (con diferentes requisitos en uno u otro supuesto). En efecto, los menores de edad entre 14 y 18 años son penalmente responsables a efectos de la L.O. 5/2000 Reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores; pero su capacidad de culpabilidad no es plena. Los adolescentes se encuentran inmersos en un proceso de paulatina adquisición de capacidades cognitivas y volitivas que permite afirmar que su capacidad de culpabilidad –a la que denomino “imputabilidad adolescente”- es distinta a la de un adulto: de ello se deriva la exigencia de un tratamiento penal diferente al establecido en el Código penal de adultos. Sin embargo, esta exigencia resulta preterida cuando el menor condenado a internamiento en régimen cerrado cumple los 18 o los 21 años. Internar a estos jóvenes en un lugar demostradamente criminógeno, en el que se abandona la específica intervención educativa propia de la Ley Penal del Menor y donde hay mayor riesgo de victimización, tiene graves consecuencias prácticas. En el origen de todo ello se encuentra una grave contradicción valorativa: encarcelar a alguien por un hecho cometido cuando no reunía el estándar de capacidades cognitivas y volitivas mínimas que integran el principio de culpabilidad hace que lo que inicialmente fue impuesto como medida se acaba convirtiendo de facto en una pena: una poena sine culpa. Enllaç al recurs electrònic : https://indret.com/poena-sine-culpa-cuando-las-medidas-se-convierten-en-penas-po [...] Permalink : http://icag.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=10331 Exemplars
Codi de barres Signatura topogràfica Tipus de document Localització Secció Estat cap exemplar M&A y compliance, la sucesión de la responsabilidad penal de la persona jurídica (Recurs d'accés obert) / Carlos Zabala López-Gómez in Indret, núm. 2 (2020)
[article]
Títol : M&A y compliance, la sucesión de la responsabilidad penal de la persona jurídica (Recurs d'accés obert) Tipus de document : document electrònic Autors : Carlos Zabala López-Gómez, Autor Data de publicació : 2020 Matèries : TOP:Societats mercantils:Absorció
TOP:Societats mercantils:Fusió
TOP:Societats mercantils:Responsabilitat penal
TOP:Societats mercantils:SuccessióClassificació : 343.222.8 Responsabilitat penal col·lectiva Resum : Desde la introducción de la responsabilidad penal de la persona jurídica en el Código penal español, los tribunales han tenido muy escasas ocasiones de pronunciarse acerca de la aplicación de la sucesión en la responsabilidad penal de la persona jurídica. La cuestión acerca de si debe trasladarse la responsabilidad penal a una persona jurídica que no ha participado ni ha tenido intervención alguna en el delito, plantea importantes problemas técnicos desde la óptica del principio de culpabilidad. La construcción jurídica acerca de la necesidad de realización de due diligence de compliance (pre-acquisition y post-acquisition), como mecanismo para ponderar el traslado de la responsabilidad penal, o para fundamentar ese traslado por no haber controlado esos riesgos, se ha impuesto ya en el sistema estadounidense, británico y francés. Posiblemente, con las debidas particularidades debemos avanzar en esa línea para delimitar en qué casos podrá trasladarse la responsabilidad penal a través de la qué supuestos no será posible. Enllaç al recurs electrònic : https://indret.com/wp-content/uploads/2020/04/1537-1.pdf Permalink : http://icag.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=10332
in Indret > núm. 2 (2020)[article] M&A y compliance, la sucesión de la responsabilidad penal de la persona jurídica (Recurs d'accés obert) [document electrònic] / Carlos Zabala López-Gómez, Autor . - 2020.
in Indret > núm. 2 (2020)
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TOP:Societats mercantils:SuccessióClassificació : 343.222.8 Responsabilitat penal col·lectiva Resum : Desde la introducción de la responsabilidad penal de la persona jurídica en el Código penal español, los tribunales han tenido muy escasas ocasiones de pronunciarse acerca de la aplicación de la sucesión en la responsabilidad penal de la persona jurídica. La cuestión acerca de si debe trasladarse la responsabilidad penal a una persona jurídica que no ha participado ni ha tenido intervención alguna en el delito, plantea importantes problemas técnicos desde la óptica del principio de culpabilidad. La construcción jurídica acerca de la necesidad de realización de due diligence de compliance (pre-acquisition y post-acquisition), como mecanismo para ponderar el traslado de la responsabilidad penal, o para fundamentar ese traslado por no haber controlado esos riesgos, se ha impuesto ya en el sistema estadounidense, británico y francés. Posiblemente, con las debidas particularidades debemos avanzar en esa línea para delimitar en qué casos podrá trasladarse la responsabilidad penal a través de la qué supuestos no será posible. Enllaç al recurs electrònic : https://indret.com/wp-content/uploads/2020/04/1537-1.pdf Permalink : http://icag.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=10332 Exemplars
Codi de barres Signatura topogràfica Tipus de document Localització Secció Estat cap exemplar Los instrumentos para intervenir en los contratos en tiempos de COVID-19: guía de uso (Recurs d'accés obert) / Juan José Ganuza Fernández in Indret, núm. 2 (2020)
[article]
Títol : Los instrumentos para intervenir en los contratos en tiempos de COVID-19: guía de uso (Recurs d'accés obert) Tipus de document : document electrònic Autors : Juan José Ganuza Fernández, Autor ; Fernando Gómez Pomar, Autor Data de publicació : 2020 títols uniformes : Espanya. Real decreto por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (463/2020)
Espanya. RD-ley de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del Covid-19 (8/2020)
Espanya. RD-ley por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19 (11/2020)
Espanya. RD-ley de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo (15/2020)Article a la pàgina : 27 p. Matèries : Obligacions i contractes
TOP:Contractes:Clàusules
TOP:Contractes:Interpretació
TOP:Contractes:ResolucióParaules clau : Covid-19 Classificació : 347.4 DRET D'OBLIGACIONS Resum : El trabajo presenta un primer análisis de los instrumentos de intervención sobre los contratos en relación con la perturbación provocada por la pandemia del COVID-19. Se identifica el problema más acuciante sobre el conjunto de las relaciones contractuales en vigor: la grave y aguda dificultad de liquidez para los agentes económicos, consumidores y también para empresas de todo tipo y en cualquier posición en la cadena contractual. Señalamos cuáles son a nuestro juicio los principales criterios para entender y diseñar la intervención sobre los contratos en tiempos de emergencia: (I) el carácter sistémico e inmediato de las medidas que procede adoptar; (II) la importancia de medidas simples de intervención, minimizando requisitos ex ante y costes de transacción; (III) la extraordinaria importancia de cortar desde el inicio una espiral de impagos que puede contagiar toda la economía; (IV) la perspectiva de los contratos como activos valiosos que debemos preservar y las medidas de intervención más prudentes para conseguirlo; (V) cómo las relaciones contractuales “a medida”, en ámbitos como el M&A y los contratos de financiación cuentan con sus propios mecanismos de ajuste; (VI) las vías de preservación de la competencia en el diseño de las intervenciones sobre los mercados. Enllaç al recurs electrònic : https://indret.com/wp-content/uploads/2020/04/1542.pdf Permalink : http://icag.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=10333
in Indret > núm. 2 (2020) . - 27 p.[article] Los instrumentos para intervenir en los contratos en tiempos de COVID-19: guía de uso (Recurs d'accés obert) [document electrònic] / Juan José Ganuza Fernández, Autor ; Fernando Gómez Pomar, Autor . - 2020 . - 27 p.
Oeuvre : Espanya. Real decreto por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (463/2020)
Espanya. RD-ley de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del Covid-19 (8/2020)
Espanya. RD-ley por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19 (11/2020)
Espanya. RD-ley de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo (15/2020)
in Indret > núm. 2 (2020) . - 27 p.
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TOP:Contractes:ResolucióParaules clau : Covid-19 Classificació : 347.4 DRET D'OBLIGACIONS Resum : El trabajo presenta un primer análisis de los instrumentos de intervención sobre los contratos en relación con la perturbación provocada por la pandemia del COVID-19. Se identifica el problema más acuciante sobre el conjunto de las relaciones contractuales en vigor: la grave y aguda dificultad de liquidez para los agentes económicos, consumidores y también para empresas de todo tipo y en cualquier posición en la cadena contractual. Señalamos cuáles son a nuestro juicio los principales criterios para entender y diseñar la intervención sobre los contratos en tiempos de emergencia: (I) el carácter sistémico e inmediato de las medidas que procede adoptar; (II) la importancia de medidas simples de intervención, minimizando requisitos ex ante y costes de transacción; (III) la extraordinaria importancia de cortar desde el inicio una espiral de impagos que puede contagiar toda la economía; (IV) la perspectiva de los contratos como activos valiosos que debemos preservar y las medidas de intervención más prudentes para conseguirlo; (V) cómo las relaciones contractuales “a medida”, en ámbitos como el M&A y los contratos de financiación cuentan con sus propios mecanismos de ajuste; (VI) las vías de preservación de la competencia en el diseño de las intervenciones sobre los mercados. Enllaç al recurs electrònic : https://indret.com/wp-content/uploads/2020/04/1542.pdf Permalink : http://icag.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=10333 Exemplars
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